Alcance
Trata
de la responsabilidad que tiene el auditor en emitir un informe adecuado en
función de las circunstancia cuando al formarse una opinión de conformidad con
la Nía 700, esta establece tres tipos de opinión modificada, como:
a) Opinión
con salvedad
b) Opinión
desfavorable o adversa
c) Denegación
o obtención de opinión
El
hecho que ocasiona una opinión modificada, es decir, si los estados financieros
contienen incorrecciones materiales, o en caso de la imposibilidad de obtener
evidencia suficiente y adecuada, en las cuales pueden contener incorrecciones materiales y al
juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posible efectos del
hecho en los estados financieros, no se limitan a elementos, cuentas o partidas
especificas de los estados financieros.
Las
situaciones en las que se requieren una opinión modifica.
El
auditor expresara una opinión modificada en el informe de auditoría cuando,
concluya sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida que los estados
financieros en su conjunto no están libres de incorrecciones materiales, y no pueden obtener evidencia de auditoría
suficiente y adecuada para que concluyan una opinión sobre los estados
financieros.
La
determinación del tipo de opinión modificada.
Opinión
con salvedad, en la cual el auditor expresar su opinión cuando, habiendo
obtenido evidencia en auditoria suficiente y adecuada que estén libre de incorrecciones, individualmente o de
forma agregada, son materiales pero no generalizadas.
El
auditor no puede obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada en las
que se basa una opinión pero concluyan que los posibles efectos sobre los
estados financieros de las incorrecciones no detectada, si las hubiera, podrían
ser materiales pero no generalizadas.
La nía 705 efectúa
algunas modificaciones el auditor modifique su dictamen debe incluir del
párrafo de opinión el subtitulo, fundamentación de la opinión calificada, al
igual debe modificar el párrafo de de la
opinión con el titulo Opinión con Salvedades o Calificada. Y además se indica
que si existe un error material, en algún monto de los estados financieros debe
describirse y cuantificarse los efectos financieros del error.
Obtención de opinión
En esta circunstancia
el auditor no expresa opinión en relación a los estados financieros, debido a
restricciones importantes sufridas en el desarrollo de su trabajo que le
impidan acceder a documentación comprobatoria, para formarse una opinión
razonable sobre una o varias cuentas importantes de los estados financieros. Estas
situaciones pueden ser ocasionadas por limitaciones impuestas, se pone en
serias dudas la confiablidad de los datos sobre los estados financieros.
La nía 705, plantea
que cuando el auditor emita un dictamen con abstención debe incluir ante del
párrafo de opinión el subtitulo “Fundamentación de la abstención de opinión” al
igual debe modificar la opinión con el subtitulo “Abstención de Opinión”.
Dictamen adverso
Una opinión adversa
declara que los estados financieros examinados no presentan una situación financiera razonable, ni los resultados de
operaciones, ni los flujos de efectivos a una fecha determinada, con lo cual, el
auditor efectúa la calificación más seria que existía en su catalogo de
opiniones-
Esto significa que las desviaciones en la aplicación en la
preparación de los estados financieros de la entidad son tan importantes que la
información presentada puede ser considerada incompleta o engañosa para los
usuarios de dichos estados.
La nía 705 indica que
cuando el auditor emita una opinión adversa debe incluir antes del párrafo de
opinión el subtitulo “Fundamentación de la Opinión Adversa” y debe modificar e
párrafo de la opinión con el subtitulo “Opinión Adversa”.
Caracteristicas del
Dictamen de auditoria
1)
Su
redacción contiene básicamente introducción, alcance y opinión sobre de los estados financieros
2)
Tiene
estructura estándar, establecido y aceptada por la profesión del contador
publico
3)
Sirve
principalmente para uso externo
Tipos de Opinión del
Dictamen
a)
No
modificada
b)
Modificada


Asuntos que no
afectan la opinión del auditor
En ciertas
circunstancias el dictamen de un auditor puede ser modificado añadiendo un
párrafo de énfasis de asuntos para hacer resaltar un asunto que afecta a los
estados financieros que discute más ampliamente el asunto. Añadir dicho párrafo
de énfasis de asunto prefeberiblemente ser incluido después del parrado de
opinión y ordinariamente se referiría al hecho de que la opinión del auditor no
es calificada.
El auditor debería
modificar el dictamen añadiendo un parrado para resaltar un asunto de
importancia relativa respecto al problema de negocio en marcha.
Asuntos que si
afectan la opinión del auditor
Un auditor quizá no
pueda expresar una opinión limpia cuando alguna de las siguientes
circunstancias existe y a juicio del auditor el efecto del asunto es o puede
ser de importancia relativa para los estados financieros, es decir:
a)
Hay
limitación de alcance del trabajo del auditor
b)
Hay
un desacuerdo con la administración respecto a la aceptabilidad de las
políticas contables, el método de aplicación, y la adecuación de las
revelaciones de los estados financieros.
Las circunstancias escritas
podrían llevar a una salvedad en la opinión o a una abstención de opinión, las
circunstancias descritas también podrían ser: a una salvedad de opinión, o a
una opinión adversa.
Punto adicional
Cada vez que el
auditor expresa una opinión que es distinta de la limpia, debería incluirse en
el dictamen una descripción clara de todas las razones sustantivas
Tipos de Opinión
Modificada
1)
Con
Salvedades
2)
Desfavorables
3)
Denegación
de Opinión

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